III
DECISIÓN
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Décimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar el divorcio solicitado los ciudadanos José David Jerez Peña y Lesbya María Bastidas Quintero, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-9.318.452 y V-11.707.573, respectivamente; por consiguiente disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos en fecha 13 de julio de 1990, ante el Registro Civil del Municipio Valera del estado Trujillo, según se evidencia en el acta de matrimonio nº 198, inserta en el Libro de Registro Civil de matrimonios correspondiente al año 1990.
Ofíciese lo conducente al Registro Civil del Municipio Valera del estado Trujillo; al Registrador Principal del estado Trujillo y al Consejo .....