-III-
DECISIÓN
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Décimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A formulado por los ciudadanos MARÍA TERESA RUIZ ESCULPI Y EDHER FRANCISCO ESPINOZA VILLACRÉZ, de nacionalidad venezolana la primera y peruana el segundo, mayores de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-17.719.475 la primera y el segundo del pasaporte Nº 6826707, respectivamente, asistidos por el abogado DANIEL DARÍO ESCULPI GUDIÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro 223.853, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 08 de enero de 2010, por ante el Registro Civil del Municipio Tovar del Estado Aragua, según consta de Acta de Matrimonio bajo el Nº 1, asentada en el libro de.....