Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Décimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
ÚNICO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A formulada por los ciudadanos GERARDO JESUS CORDOVA LUNA y DORIS MARIA LEON DE CORDOVA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-3.710.301 y V-6.769.958, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 27 de febrero de 1975, por ante el Juzgado Segundo de Distrito del Distrito Sucre de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, actualmente Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, según acta Nº 16, del Libro de Registro Civil de Matrimonios l.....