Sentencia Definitiva mediante la cual se declara: declara CON LUGAR LA CUESTION PREVIA DE PREJUDICIALIDAD DEL ORDINAL 8° del ARTICULO 346 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, en consecuencia, se SUSPENDE LA CAUSA, hasta que se resuelva la cuestión prejudicial, de conformidad con lo establecido en el artículo 355 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-