Se dictó Sentencia Definitiva, mediante la cual se declaró:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos HÉCTOR RAMÓN GONZÁLEZ VALERO y LEISY COROMOTO BARRIOS DE GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad V-6.301.926 y V-11.406.456, respectivamente.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos en fecha 30 de mayo de 1988, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital, tal como consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio asentada bajo el Nº 366, correspondiente al año 1988.
TERCERO: Líbrense oficios de participación a las autoridades correspondientes y anéxense copias certificadas de la presente decisión. Asimismo, líbrense sendas copias certificadas a los solicitantes.
CUARTO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay especial condenatoria en costas.-
PUBLÍQUESE .....