Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por desalojo interpusiera la abogada JESSIKA CAROLINA ARCIA PEREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 97.210, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana JULIETA UMEREZ DE PEREIRA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 1.737.904, contra la sociedad mercantil FACEX CONSULTING GROUP C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Distrito Capital) y Estado Miranda en fecha 03 de julio de 2001, anotado bajo el Nº 79, Tomo 123-A, modificado según Asamblea Ordinaria de Accionista celebrada en fecha 01 de marzo de 2006, inscrito en el Registro Mercantil Primero de la.....