Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia y obrando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: La CONFESIÓN FICTA de la parte demandada en el presente juicio, ello conforme a lo pautado en los artículos 362 y 887, ambos del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia se declara CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÒN DE COMPRA VENTA ha incoado la ciudadana ROSA ISABEL HERNANDEZ RANGEL, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V-5.615.690, en contra del ciudadano FRANK JOAQUIN AZEVEDO DA SILVA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.871.751.
SEGUNDO: SE ORDENA la protocolización del presente fallo en el registro respectivo como título de propied.....