En virtud a las consideraciones realizadas, este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACION SOLICITADA y ordena al Registro Civil de la Parroquia Coche, Municipio Libertador del Distrito Capital, estampar la nota marginal al Acta de Defunción, perteneciente al ciudadano MISAEL MARQUEZ MARQUEZ, quien en vida fuese venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-2.148.966, signada con el Nº 98, del año 2019 de la siguiente manera: En donde se omite la identidad de las hijas del fallecido debe decir "DEJA DOS (02) HIJAS DE NOMBRES Y APELLIDOS: 1) RHONA ALEJANDRA MARQUEZ DE TOVAR, DOCUMENTO DE IDENTIDAD NO. V-10.867.586, EDAD: 47 AÑOS, VIVE: SI, 2) VERONICA MARIA MARQUEZ RAVELES, DOCUMENTO DE IDENTIDAD NO. V-13.716.286, EDAD: 43 AÑOS, VIVE: SI".; a.....