ste Juzgado Décimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio que por Cobro de Bolívares intentara la sociedad mercantil UNILYNK MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA DE EDIFICACIONES, C.A., contra la sociedad mercantil C.A. EDITORA EL NACIONAL, ambas ya identificadas en esta sentencia decide así:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la demanda que por Cobro de Bolívares intentara la sociedad mercantil UNILYNK MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA DE EDIFICACIONES, C.A., contra la sociedad mercantil C.A. EDITORA EL NACIONAL.
SEGUNDO: Se condena en costas procesales a la parte demandante por haber resultado totalmente vencida en el presente juicio, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
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