declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO interpuesto por los ciudadanos HENRY ANIBAL BALZA RODRIGUEZ y YOALDRI DEL CARMEN LEON DE BALZA, ambos identificados al inicio de este fallo.
SEGUNDO: En consecuencia se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que se perfeccionó entre los solicitantes, HENRY ANIBAL BALZA RODRIGUEZ y YOALDRI DEL CARMEN LEON DE BALZA, el día 29 de abril de 2011, por ante la Primera Autoridad de Registro Civil, del Municipio Vargas, Estado Vargas, según consta del acta de matrimonio No. 63, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por esa entidad.
TERCERO: Líbrese oficio a la Primera Autoridad de Registro Civil, del Municipio Vargas, Estado Vargas, al Registrador Principal del Estado Vargas y a la Oficina de Nacional Electoral del Estado Vargas; anexándole a los mismos copia certificada de la presente decisión, la cual se ordena expedir de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 ambos del Código de Procedimiento Civil, pa.....