declara INADMISIBLE la pretensión de Oferta Real y Depósito, deducida por la ciudadana Silvestra María Polanco de Labrador, en contra de la ciudadana Ofelvy Labrador Velasco, de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 434 ejúsdem