imparte la HOMOLOGACIÓN a la transacción judicial celebrada entre el abogado José Rafael Pompa García, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil S.A. de Inversiones Escar Guzmán SANIVES, por una parte y por la otra, el abogado Rubén Darío Briceño Gómez, actuando en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil IPX Diagnósticos de Venezuela C.A., en fecha 19.05.2014, en los mismos términos expuestos por las partes y, en consecuencia, procédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil