decreta la CONVERSIÓN en DIVORCIO de la solicitud de Separación de Cuerpos y Bienes, planteada por los ciudadanos Alonso Alberto Romero Tinedo y Fabiola del Carmen López Chacón, debidamente asistidos por el abogado Manuel Antonio Marcano Narváez, a tenor de lo dispuesto en el 3° acápite del artículo 185 del Código Civil y, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, el cual contrajeron en fecha 15.02.2008, por ante el Registro Civil de la Parroquia Las Minas del Municipio Baruta del Estado Miranda, según consta en la partida de matrimonio Nº 15, inserta en el Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por esa autoridad civil durante el año 2.008