Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Vigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A formulada por los ciudadanos ALEXIS VLADIMIR MOLINA RODRIGUEZ y OMAIRA FERNANDEZ CARRILLO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-6.127-931 y V-12.419.824, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vinculo matrimonial por ambos contraído en fecha 21 de diciembre de 1990, por ante el Registro Civil de la Parroquia La Vega, Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 376 del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerd.....