Por las motivaciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL VIGESIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se declara con lugar la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO Nº 1873, peticionada por la ciudadana ELENA MARGARITA LIMAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.424.008.
SEGUNDO: Se ORDENA la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO Nº 1873 de la ciudadana ELENA MARGARITA LIMAS, en consecuencia, en lo que respecta al error en el nombre de la madre de la solicitante donde se lee: "...CARLOTA DE LIMA..." debe leerse: "...JUSTA CARLOTA LIMA CARRILLO..." que es lo correcto.
TERCERO: Se acuerda la remisión de copias certificadas de la solicitud y de la presente decisión al Registro Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrit.....