Con fuerza en los razonamientos expuestos, este Tribunal Vigésimo Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede Mercantil administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en consecuencia, la extinción del proceso que por COBRO DE BOLÍVARES POR CHEQUES intentó CARROCERÍAS VIVALDI C.A., sociedad mercantil de este domicilio, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 9 de Febrero de 1984, bajo el Nº 15, Tomo 21-A; antes Taller Mecánico San Vitalito S.R.L., inscrita por ante la misma Oficina de Registro Mercantil el 22 de Marzo de 1.982, bajo el N° 53, Tomo 30-A; representada en este proceso a través de su apoderado judicial, ciudadano HENRY A. ESCALANTE M., Abogado en ejercicio de este domicilio, inscrito en el Instituto de Previsi.....