Por las razones antes expuestas, este Tribunal declara CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO solicitada por la ciudadana ELBA NONY RODIL MILLAN, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V-6.426.080, y en tal sentido ordena que se rectifique el error mencionado en los términos siguientes: En el Acta de Nacimiento de la ciudadana ELBA NONY RODIL MILLAN, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 6.426.080, inserta en los Libros de Registro Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital, signada con el Nº 1.664, Folio 352 vto, Libro 1-1, correspondiente al año 1963, donde dice: "...ELBA MILLAN DE RODIL" debe decir: "GRACIELA MILLAN", como real y legalmente corresponde.
En consecuencia, se ordena oficiar lo conducente a la Oficina de Registro Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital, así como al Registro Principal del Distrito Capital.
Líbrense oficios a las autoridade.....