Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES intentada por los ciudadanos GUILERMO JOSE ALBARRAN BENAVIDES y CYNTHIA DESIREE SILVA HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 15.447.066 y V- 16.287.892, respectivamente, fundamentada en los Artículos 185, 188, 189 y 190 del Código Civil y decretada por este Tribunal en fecha 11 de abril de 2014, en consecuencia queda DISUELTO por Divorcio, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha 16 de diciembre de 2011, ante el Registro Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador del Distrito Capital.
Notifíquese a las Autoridades correspondientes y expídase copia certific.....