DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL VIGÉSIMO SEGUNDO (22º) DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos ORLANDO RAMON DURAN y DADXY ROSELIA VARGAS DUARTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-6.059.096 y V-5.787.501, respectivamente.
SEGUNDO: En consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por los cónyuges en fecha 06 de enero de 1983, por ante la Jefatura Civil De La Población De Monay, Estado Trujillo, Quedando Asentada Bajo El Acta Nº 06, Del Libro de Registro Matrimonio correspondiente al año 1983.
TERCERO: Líbrense sendos oficios de participación dirigidos a la Jefatura Civil De La Población De M.....