Se dictó sentencia definitiva mediante la cual se declaró IMPROCEDENTE la confesión ficta, Sin lugar la reposición de la causa y CON LUGAR la demanda intentada por las ciudadanas ISAIS RADA, NORMA RODRIGUEZ y MARIA TOVA, y como consecuencia la nulidad de la Asamblea Extraordinaria de propietarios del Edificio Parque tres del Conjunto Residencial Juan Pablo II, celebrada el 21 de abril de 2015, y los acuerdos tomados.