- III -
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos y a las normas señaladas este JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO (24º) DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de rectificación de acta de Defunción, interpuesta por el ciudadano SERGIO DARÍO RAMOS JACOMUSSI, venezolano, mayor de edad de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-9.972.365, respectivamente
SEGUNDO: En consecuencia y de conformidad con lo establecido en los artículos 502 del Código Civil, 774 del Código de Procedimiento Civil y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, SE ORDENA OFICIAR al Registro Civil de la Parroquia San Pedro, Municipio Libertador del Distrito Capital, y al Registro Principal del Distrito Capital, a los fines de que se sirva estampar la nota marginal del acta de Nacim.....