III
DECISIÓN
Por todas las razones antes expuestas, este Juzgado Vigésimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la cuestión previa opuesta por la parte demandada contenida en el ordinal 6º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el numeral 4º del artículo 340 eiusdem.
SEGUNDO: SIN LUGAR la cuestión previa opuesta por la parte demandada contenida en el ordinal 9° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil; todo ello en el juicio incoado por la ciudadana MARÍA CRISTINA SUÁREZ SÁNCHEZ, en contra de la ciudadana MIRNA JOSEFINA MEJÍAS DE GARNICA, ambas partes identificadas al inicio de este fallo.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada, al resultar totalmente vencida en la presente incidencia, todo de conformidad con lo previsto .....