este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide lo siguiente:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda que por DESALOJO sigue AMADO TORRES, en contra de la ciudadana VANESA CAROLINA ESTEVEZ MENDEZ, ambas partes identificadas en autos.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a entregar a la actora la habitación, libre de bienes y personas ubicada dentro del inmueble situado en el Barrio San Blas, Calle La Cruz, Casa Nº 13-20, Municipio Sucre del Distrito Capital".
TERCERO: Se condena a la parte demandada al pago de las costas, por haber sido vencido en la litis, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Habiendo sido dictado el fallo dentro del lapso natural de sentencia, no será necesaria la notificación de las partes de la presente decisión.