este Tribunal Vigésimo Noveno de Municipio Ordinario Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos DULCE MARÍA TINEO DE DI VASTA e IVAN GABRIEL DI VASTA RAMÍREZ, Venezolanos mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.376.212 y V-11.200.988, respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha Veintiuno (21) de Marzo de Mil Novecientos Ochenta y Nueve (1989), por ante La Primera Autoridad Civil de la Parroquia Caricuao, Municipio Libertador del Distrito Capital (hoy Comisión de Registro Civil y Electoral, Distrito Capital, Municipio Libertador, Parroquia Caricuao), según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 72, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Auto.....