este Tribunal Vigésimo Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos CARLOS MANUEL CASTILLO NEGRIN y ESYAMIR ZULAY ROMERO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros: V- V-12.282.721 y V-14.584.767, respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha Ocho (08) de Diciembre del Año Dos Mil Cinco (2005), expedida por ante el Registro Civil de la Parroquia Albarico, Jurisdicción del Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 29, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.