éste Juzgado Trigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela en los términos dispuestos en el artículo 253 del texto constitucional y por autoridad de la Ley, DECIDE:
-PRIMERO: Se declara IMPROPONIBLE en derecho y en consecuencia esta Juzgadora declara Inadmisible la pretensión por PRESCRIPCION EXTINTIVA DE HIPOTECA DE SEGUNDO GRADO incoada por la ciudadana DORIS LOPEZ SALAZAR en contra por los ciudadanos DANHELISSAU RAIMUNDO FREITES GAMEZ y REINALDO FERNANDO FREITES GOMEZ, contra el ciudadano RAUL DIAZ VEGAS, en su carácter de Presidente de la firma mercantil DIAZ VEGAS, C.A., ambas partes plenamente identificadas en el presente fallo.