DECISIÓN
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho expuestos, esta Sala Especial Única de la Corte de Apelaciones con Competencia en Casos Vinculados con Delitos Asociados al Terrorismo con Jurisdicción a Nivel Nacional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto el 3 de febrero de 2015, por la abogada ELIZABETH LICCIONI MARQUEZ, Defensora Pública Vigésima Quinta (25º) Penal del Área Metropolitana de Caracas, actuando en su carácter de defensora del ciudadano JUAN MIGUEL DE SOUSA BORRAJO, titular de la cédula de identidad número V- 6.559.598; con fundamento en el articulo 439 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, y en contra la decisión dictada por el Juzgado Especial Primero (1º) de Primera Instancia en Función de Control con Competencia en Casos Vinculados con Delitos Asociados al Terrorismo con Jurisdicción.....