PRIMERO: La PÉRDIDA DEL INTERÉS, en la solicitud de DECLARACIÒN DE ÙNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, interpuesta el 28 de octubre de 2016, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) del Circuito Judicial de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por los ciudadanos ESTHER CELESTE MARTINEZ NIETO, PEDRO RAFAEL MARTINEZ NIETO, RODOLFO ANTONIO MARTINEZ NIETO y JOSÈ RAFAEL MARTINEZ NIETO; venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros V-4.849.093, V-4.849.092, V-6.442.549 y V-6.442.550; asistidos por el abogado JOSÈ DAVID BECERRA, venezolano, mayor de edad de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-6.036.956; e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 68.523. Consecuente con lo decidido, se establece el DECAIMIENTO DEL INTERÉS, en las resultas del presente asunto.-
SEGUNDO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, en la presente solicitud iniciado el 18 de octubre de 2016.-