PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de RECTIFICACION DEL ACTA DE DEFUNCIÓN N° 1047, del Libro N° 05, que riela al Folio N° 47, del año 2016, levantada por ante el Registro Civil de la Parroquia Petare del Municipio Sucre del Estado Miranda; incoada el 24 de octubre de 2016, por la ciudadana DAYLE ALEJANDRA DÍAZ PRADO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 12.958.354, asistida por la abogada AZUCENA NATHALIE MORENO AREVALO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.706.882, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 178.262.-
SEGUNDO: Consecuente con lo decidido, se acuerda la rectificación del error delatado por la solicitante en su nombre de pila, asentado en el ACTA DE DEFUNCIÓN Nº 1047, en el Libro 05, al Folio N° 47, del año 2016, por ante el Registro Civil de la Parroquia Petare del Municipio Sucre del Estado Miranda, que se acompaño a los autos marcada con la letra "A", expedida el 23 de agosto de 2016, con.....