´este Juzgado deja constancia que el lapso para subsanar el defecto u omisión invocados venció en fecha 27/02/2026 inclusive, asimismo, visto lo anterior y por cuanto los apoderados judiciales de la parte actora subsanaron en tiempo oportuno, este Juzgado deja sin efecto la citación librada en fecha 13/01/2026 y la consignación realizada por el Alguacil Suplente en fecha 19/01/2026 y ordena librar nuevamente citación en la persona de los ciudadanos MAURO MARULLO y/o VICTOR ANTONIO ROA GALENO, titulares de la cédula de identidad Nros. V-7.355.081 y V-13.740.260, respectivamente, en representación de la Sociedad Mercantil "PERFORACIONES MARULLO C.A, inscrita en el libro de Registro de Comercio que por secretaria llevo el Juzgado Segundo en lo Civil, y del Trabajo de la circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 15 de Septiembre de 1964, bajo el N° 203, folios 76 cto, al 82 del libro de Registro de Comercio N° 8. Llevado por dicho tribunal, posteriormente trasladado a la oficina .....