- III -
DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Vigésimo Segundo (22º) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO fundamentado en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con las sentencia 1070 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 09 de diciembre de 2016, presentada por el ciudadano AMILCAR ARGENIS MIRANDA MUJICA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-20.793.322, contra la ciudadana ANA DE SOUSA GERMAN, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-18.111.164.
SEGUNDO: En consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por los cónyuges en fecha 27 de Septiembre de 2019, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio L.....