-III-
-DECISIÓN-
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para conocer y decidir la demanda por NULIDAD DE TÍTULO SUPLETORIO Y ASIENTO REGISTRAL, interpuesta por el ciudadano SIMÓN ANTONIO GARCÍA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-15.996.033, asistido por el Abogado en ejercicio FRANCISCO ENRIQUE OROPEZA DI MARIA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 108.951, contra la ciudadana ROSALINDA JOSEFINA RODRIGUEZ DE TUA, titular de la cédula de identidad N° V-11.698.750.
SEGUNDO: NO ACEPTA LA COMPETENCIA atribuida por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
TERCERO: PLANTEA.....