Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES incoara el BANCO DE VENEZUELA, S.A., BANCO UNIVERSAL., contra la sociedad mercantil CASA DE REPRESENTACIONES INSUMED, C.A., y el ciudadano RAMON ROMAN ALVAREZ, ampliamente identificados al inicio, DECLARA: Se LEVANTA la Medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada el 15 de mayo de 2024, practicada por el Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 22 de noviembre de 2024, y participada al Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda el 29 de noviembre de 2024 mediante oficio Nº 528/2024.
Dada la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.-