Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado ALFREDO JOSÉ MORERA ROJAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el número 115.461, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha 13 de agosto de 2025, emanada del Juzgado cuadragésimo Quinto (45º) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas; SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada HELEN AGUIAR, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 93.498, en su carácter de apoderad judicial de la parte demandada, contra la decisión emanada del Juzgado cuadragésimo Quinto (45º) de Primera Instancia de Sustanciac.....