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DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el Recurso de Casación interpuesto el 02 de abril de 2025 y ratificada el 19/05/2025, por el abogado Rodrigo Masó Yi-Con, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 288.260, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadana VIRGINIA ROSA PAREDES ROJAS, mediante la cual anunció recurso extraordinario de casación, contra la sentencia dictada por este Juzgado, en fecha 19 de marzo de 2025, en el juicio que por NULIDAD DE ASAMBLEA, intentó la ciudadana VIRGINIA ROSA PAREDES ROJAS, contra la sociedad mercantil TORRES PARES, C.A.. y el ciudadano PEDRO GUILLERMO TORRES CARDENAS (*), representado en la persona de sus herederos .....