Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión contenida en la demanda que por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACIÓN) incoara la sociedad mercantil BANCO PLAZA, C.A., BANCO UNIVERSAL, contra la sociedad mercantil SUPER MARKET SANTA BARBARA, C.A y el ciudadano KHALED MOHAMAD HAMMOUD WAKED, ampliamente identificados al inicio, DECLARA: Se DECRETA Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre GRAVAR sobre el 100% de los derechos proindivisos de los bienes ampliamente identificados en la presente decisión.