Por las consideraciones anteriores, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CONFESION FICTA de la parte demandada en la presente causa, y por consiguiente SE DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE INSTRUMENTO PRIVADO, instaurada por la ciudadana ROXANA YACKELIN COLMENAREZ SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-13.856.420, actuando en su condición de apoderada de la ciudadana RUZBELY JOSEFINA FONSECA RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-20.351.495, según poder autenticado ante la Notaria Publica Quinta de Barquisimeto, estado Lara en fecha 31/10/2023, anotado con el No. 28, Tomo 63, folios 96 al 98 y posteriormente protocolizado ante el Registro Público de los Municipio Urachic.....