En razón de los argumentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo Segundo (12º) en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con Competencia a nivel Nacional en Materia de Extinción de Dominio, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE el Recurso de Casación anunciado en fecha 4 de mayo de 2026, por la ciudadana CÁNDIDA GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° V-11.377.014, e inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado (I.P.S.A.), bajo el Nro. 255.234, en su carácter de apoderada judicial del BANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSAL, contra la Sentencia interlocutoria dictada en fecha 16 de abril de 2026, por este Tribunal Superior.