Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le otorga la Ley, ha decidido:
UNICO: NEGAR la MEDIDA DE SECUESTRO DE BIENES DETERMINADOS, solicitada por la representación judicial de la parte actora Sociedad Mercantil INVERSIONES GRANDAMI, C.A, en su escrito libelar.