Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA EJECUTIVA) incoara la JUNTA DE CONDOMINIO DEL CENTRO COMERCIAL GALERIAS PRADOS DEL ESTE contra la ciudadana CELIA GONZALEZ DE BONADUCE, ampliamente identificados al inicio, DECLARA: Se DECRETA medida de EMBARGO EJECUTIVO sobre:
Un (1) inmueble constituido por un (1) local comercial y un (1) puesto de estacionamiento para vehículo terrestre, situado en la planta mezzanina del Centro Comercial Galerías Prados del Este, identificado con las siglas M-39B, con una superficie aproxima de cincuenta y ocho metros cuadrados con noventa y seis decímetros cuadrados (58,96 m2), conformado por un solo ambiente dentro del cual se encuentra un (1) cuarto destinado para baño y comprendido dentro de los siguientes linderos particulares.....