Revisadas las actas procesales que conforman el presente asunto, se observa que se incurrió en un error material al transcribir en el folio 415 línea 23 de la sentencia: "...siendo por tanto, que la cantidad a indemnizar es de diecinueve mil doscientos catorce dólares con cincuenta y un centavos (US $19.214,51) por concepto de daño emergente..." siendo lo correcto: "siendo por tanto, que la cantidad a indemnizar es de quince mil ciento veintisiete dólares con dieciocho centavos (US $15.127,18) por concepto de daño emergente". Así mismo se observa que se incurrió en un error material al transcribir en el folio 418 línea 39 en la parte de la decisión de la sentencia lo siguiente: "...SEGUNDO: Como como efecto del particular anterior, se condena al ciudadano WILMER JOSÉ QUINTERO SOSA a cancelar a la ciudadana MICHELLE ANDREINA HIDALGO GUTIÉRREZ la cantidad de diecinueve mil doscientos catorce dólares con cincuenta y un centavos (US $19.214,51) por concepto de daño emergente..."; siendo l.....