DECISIÓN
En fuerza de las anteriores consideraciones, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO, presentado por el ciudadano RODRIGO SOTO VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-32.991.316, debidamente asistido por el abogado PASTOR LEONARDO GOMEZ PEREZ., inscrito en el IPSA bajo el N° 92.023, en el presente juicio; se da por terminado el presente proceso y se ordena el archivo del expediente.
SEGUNDO: RECONOCIDO, el documento privado, cursante en el folio cuatro (04), de la demanda presentada por la ciudadana: SILMARY VIRGINIA MONSALVE DURAN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-25.401.893, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio NOE VELASQUEZ FIGUEROA, inscrito en el IPSA bajo el N° 30.....