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"....De allí que, si se parte de la afirmación que las normas laborales son en sí mismas tuitiva, pues persiguen resguardar los derechos de los trabajadores y trabajadoras, se comprende entonces que la protección de los mismos debe ajustarse necesariamente a los postulados contenidos en los artículos 87 al 97 de la Carta Fundamental, a todo el articulado de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras y a las demás normas laborales vigentes. Son tales postulados los que deben también ser garantizados por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a través del proceso laboral que ella regula, o lo que es lo mismo, mediante la aplicación de las normas protectoras ya previstas por el derecho sustantivo del trabajo, esto es, el conjunto de normas mínimas, generalmente de orden público e irrenunciables, destinadas a proteger a los trabajadores y trabajadoras.
En consecuencia, este Juzgadora, atendiendo a los criterios explanados, y a los fines de gar.....