IV. DISPOSITIVA. -
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR QUINTO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto en fecha 04 de febrero de 2025, por el abogado PEDRO JOSE SOJO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.331, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, en contra de la decisión dictada en fecha 13 de enero de 2025 por el juez del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, surgida en el juicio que por DESALOJO (local comercial), interpusieran los ciudadanos ELADIO JOSE DUARTE COLMENARES y AMBROSIO RAMIREZ, en contra del ciudadano CIRILO ALBERTO USECHE OSTOS.;
SEGUNDO: se CONFIRMA.....