DE LA DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN suscrita en fecha 18 de diciembre de 2025, entre la abogada VANESSA ROSSI CASTILLO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-13.136.709, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 91.445, y los ciudadanos SANDRA MARIA DAS MERCES SOUSA, ANTONINO ASCENSAO DE PONTE y MIRIAM ROMAN DAS MERCES DE GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares las cédulas de identidad Nros. V-6.917.091, V-11.681.511 y V-9.880.298, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado DHANIEL H. MATA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 216.812, se procede como sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con.....