Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: FIRME EL DECRETO INTIMATORIO de fecha 23 de julio de 2025, quedando el mismo con efecto de sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada.
SEGUNDO: CONDENA a la parte demandada, ciudadano ALEJANDRO ENMANUEL ENRIQUE PACHANO PADILLA, a pagar a la parte actora, ciudadano JORGE ELISEO ALVA RODRIGUEZ, todos plenamente identificados, las sumas señaladas en el decreto intimatorio:
1: La cantidad de SIETE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA (U.S.D 7.000,00 $), o su equivalente en moneda nacional a la tasa del Banco Central de Venezuela para el momento de la interposición de la demanda, es decir, la cantidad de CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL BOLÍVARES CON CU.....