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DE LA DECISIÓN
En atención a las consideraciones que anteceden este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer de la DEMANDA DE NULIDAD, conjuntamente con AMPARO CAUTELAR, interpuesta por los ciudadanos: RODRIGO ANTONIO PÉREZ, ELVIK FERNANDO MUJICA VALERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-11.847.685 y V-17.355.313 respectivamente, actuando en nombre propio y representación de los ciudadanos MIRIAN YSMELDA VALERA DE MEDINA, GISELA VALERA AGUILAR, MARÍA AUXILIADORA VALERA AGUILAR, JULIO CESAR URRIOLA VALERA, CARLOS ALBERTO VALERA AGUILAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°V-4.730.799, V-3.321.218, V-9.623.776, V-7.432.520, V-4.725.043 en su orden; debidamente apoderado en este acto RODRIGO ANTONIO PÉREZ, venezolano, mayor de edad,.....