En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PERENCION DE LA INSTANCIA, en la presente demanda de Reconocimiento de Contenido y Firma, suscrita por la ciudadana WILMA FABIOLA TORRES GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 9.555.452, contra la ciudadana COMERCIALIZADORA SAN MIGUEL C.A., representada por el ciudadano MIGUEL ANGEL ALVARADO GALLONES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 20.472.574.-
Publíquese, Regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.lara.tsj.gob.ve, déjese copia de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, remítase el presente expediente en la oportunidad co.....