En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo Segundo (12º) en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con Competencia a nivel Nacional en materia de Extinción de Dominio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana MARÍA GORETI JOSÉ DE FARÍA, en su condición de representante legal de la sociedad mercantil ABASTOS Y FRUTERIA GIL LUI, C.A., debidamente asistida por el ciudadano OMER IVÁN MARTÍNEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.), bajo el nro. 175.993, contra el auto de admisión de pruebas, de fecha 11 de enero de 2024, dictado por el Juzgado Sexto (6º) de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Se CONFIRMA en t.....