Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas y por Autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra los autos de fecha 05 y 09 de mayol de 2025, dictada por el Juzgado Sexto (06º) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo de Caracas. SEGUNDO: Se revoca los autos recurridos. TERCERO: No hay condenatoria en costas